Proponen establecer un informe anual obligatorio de gestión y resultados para titulares de OIC
La diputada Jazmín Solano López indicó que los (OIC) deben garantizar, desde el ámbito administrativo, el cumplimiento de los objetivos establecidos en los programas operativos anuales que se nutren de los recursos públicos que el mismo Congreso les asigna
Por: Masiosare, Visitas: 8570
La diputada Jazmín Solano López, presentó una iniciativa para establecer en la Constitución local la obligación a las personas titulares de los órganos internos de Control (OIC) de los organismos constitucionales autónomos, a presentar ante el Poder Legislativo un informe escrito correspondiente a su gestión y resultados a más tardar el 15 de febrero de cada año, el cual será evaluado por la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuenta Pública del Congreso del Estado y emitirá una opinión colegiada sobre su contenido y resultados.
Durante la pasada sesión ordinaria, la legisladora integrante del Grupo Parlamentario del Partido Morena, señaló que su propuesta busca reformar los artículos 23-C y 40 fracción XXXVIII, de la Constitución Política del estado Libre y Soberano de Morelos, y resaltó que ésta se basa en el principio de rendición de cuentas; control cruzado y equilibrio de poderes; transparencia y legitimidad institucional; mejora continua y supervisión técnica; así como la coherencia con el marco normativo.
En el documento de su iniciativa detalla que los órganos constitucionales autónomos son instituciones públicas creadas directamente por la Constitución mexicana, con funciones específicas que requieren independencia de los tres poderes del Estado y su autonomía garantiza que puedan operar con imparcialidad, sin subordinación jerárquica ni sectorización administrativa frente a otros poderes, siendo sus características principales la autonomía constitucional, independencia funcional y administrativa, rendición de cuentas y su finalidad especializada.
Añadió que en el estado de Morelos contamos con tres organismos constitucionales autónomos que son el Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana, la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos y la Fiscalía General del Estado de Morelos, y que por cada organismo autónomo existe un Órgano Interno de Control (OIC), cuyo titular es nombrado por el Congreso.
Al respecto, resaltó que “una vez realizado dicho nombramiento, no existe un mecanismo de seguimiento sistemático y responsable sobre el desempeño” de los citados órganos, lo que debilita la función de fiscalización del Congreso, por lo que planteó establecer la obligación a las personas titulares de los OIC, de presentar al Poder Legislativo un informe escrito correspondiente a su gestión y resultados a más tardar el 15 de febrero de cada año.
Jazmín Solano, agregó que los organismos constitucionales autónomos concentran una proporción significativa de los recursos públicos del Estado, y si bien la fiscalización de la cuenta pública se realiza de manera independiente a través de la Entidad Superior de Auditoría y Fiscalización, no es menos cierto que los (OIC) deben garantizar, desde el ámbito administrativo, el cumplimiento de los objetivos establecidos en los programas operativos anuales, que se nutren de los recursos públicos que el mismo Congreso les asigna.
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