

Diputado Francisco Erik Sánchez plantea reformas al código penal en materia de derechos reproductivos
El legislador del distrito 10 busca que estos ilícitos y sus eventuales sanciones se establezcan de manera clara y específica en la legislación
Por: Masiosare, Visitas: 6557
El diputado Francisco Erik Sánchez Zavala, representante del distrito electoral 10, presentó iniciativa de reformas al Código Penal para el Estado de Morelos en materia de delitos contra los derechos reproductivos, a fin de establecerlos de manera clara y específica, así como señalar las sanciones a que pueden hacerse acreedores quienes los cometen.
El legislador consideró que un derecho de todas las personas adultas es la procreación, la elección para tener número de hijos y familia en el momento en que lo deseen, para lo que normalmente no necesitan de apoyo profesional, pero en algunos casos requieren el uso de los avances científicos y tecnológicos en materia de salud reproductiva, como la procreación asistida y la inseminación artificial.
El en documento que se hizo del conocimiento del Pleno en la pasada sesión ordinaria y fue remitida a comisiones legislativas para su análisis y dictamen, refirió que estos ilícitos han evolucionado con el tiempo y tras destacar los antecedentes que al respecto existen en el Código Penal Federal y la Ley General del Salud, el diputado Francisco Erik Sánchez señaló la necesidad de reformar el Código Penal del estado
En ese contexto, su iniciativa tiene por objeto modificar el texto vigente del Capítulo II, señalado como “INSEMINACIÓN ARTIFICIAL SIN CONSENTIMIENTO”, para denominarlo “DELITOS CONTRA LOS DERECHOS REPRODUCTIVOS”, modifica el artículo 157 y agrega los artículos 157 Bis, 157 Ter y 157 Quater, que habla de sancionar con prisión de 15 a 20 años a quien, sin consentimiento, practique inseminación artificial en la mujer mayor de edad; se agrava la pena de 20 a 25 años si como resultado de la inseminación si produce embarazo.
También, a quien disponga de óvulos o espermas para fines distintos a los autorizados por los donantes se les impondrá de 10 a 15 años de prisión; a quien sin consentimiento realice en una persona algún procedimiento de esterilización se le impondrá de 15 a 20 años de prisión; y cuando los anteriores delitos se cometan en contra de un menor de edad o de un incapaz, aun teniendo consentimiento, o de cualquier persona utilizando la violencia física, la pena se aumentará hasta en dos terceras partes.
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