Aprueba Morelos la Ley Monse para sancionar encubrimiento a feminicidas
El Congreso del estado aprobó una adición al Código Penal; se fincó para castigar a familiares que encubren a quienes cometan un feminicidio
Por: Masiosare, Visitas: 2479
Morelos se convirtió en el primer estado del país en aprobar la Ley Monse, con el propósito de sancionar a quienes por acción u omisión incurran en encubrimiento de presuntos feminicidas.
El dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales y Legislación del Congreso del estado, adiciona un segundo párrafo al artículo 312 del Código Penal para el Estado de Morelos, que corresponde al CAPÍTULO IX ENCUBRIMIENTO POR FAVORECIMIENTO y se refiere a que el juez podrá imponer hasta las dos terceras partes de las que corresponden al autor del delito para los casos de encubrimiento.
El segundo párrafo adicionado al artículo 312 señala “Cuando el encubrimiento sea para favorecer conductas o hechos calificados por la ley como delito de feminicidio conforme a la penalidad que señala el 213 Quintus de este Código, se impondrán de veintiséis años ocho meses, a cuarenta años de prisión”.
La Ley Monse tiene como finalidad de aplicar sanciones para personas, sin importar parentesco, que destruyan o modifiquen la escena de un crimen, ocultando efectos, objetos o instrumentos del delito o a los agresores, en casos de feminicidios.
La Ley Monse surgió en memoria de la joven veracruzana de 20 años Montserrat Bendimes Roldán, atacada por su pareja, y se creó para castigar y fincar responsabilidades a los familiares que ayuden a escapar a los agresores.
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