

Áreas de gobierno “no indispensables” suspenden actividades por Covid-19
Emite acuerdo la administración de Cuauhtémoc Blanco como parte del plan para paliar el contagio; son excepciones las áreas de Salud, Seguridad, Administración, Transporte y Hacienda; la suspensión hasta el 19 de abril
Por: Jaime Luis Brito, Visitas: 1184
El gobierno de Morelos envió a su casa a los trabajadores de la Administración Pública Estatal, centralizada y descentralizada, de aquellas áreas que “no resulten indispensables” para el combate a la pandemia de coronavirus SARS-Cov-2 que provoca el mal denominado Covid-19.
En un acuerdo publicado este martes en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” tiene como propósito mitigar los efectos en Morelos ante la pandemia por el Covid-19. El acuerdo señala la suspensión de labores y actividades del 24 de marzo al 19 de abril. Serán los secretarios quienes identifiquen al interior de cada dependencia las áreas que continuarán laborando.
Para ello debe tomarse en cuenta que se debe “garantizar la suficiencia, oportunidad y continuidad en la prestación de servicios y provisión de bienes indispensables para la población”. Después de identificadas las áreas se deben colocar avisos al público para enterarlo de los servicios que se mantendrán.
De manera específica y derivado de las funciones prioritarias en materia de salud, seguridad, administración, transporte público y hacienda, mantendrán la prestación de servicios tendientes a la atención médica, protección y seguridad pública, pago de nóminas, servicios generales esenciales, movilidad y transporte y recaudación.
Lo anterior, tomando las medidas necesarias para salvaguardar la integridad y seguridad tanto de los servidores públicos como de la ciudadanía, promoviendo el uso de medios electrónicos y digitales, así como la atención por vía remota, en los casos a que haya lugar.
Para efectos de comunicación interna entre las diversas áreas o unidades que conforman la Administración Pública Estatal, en la medida de lo posible y mientras la normativa lo permita, se privilegiará el uso de comunicaciones electrónicas, siempre y cuando se realice por los correos institucionales, para agilizar y disminuir la necesidad de entrega y recepción de documentación oficial, únicamente durante la vigencia del presente acuerdo.
Además, se indica que no deberá considerarse a las personas que cumplan con las siguientes condiciones: enfermedades crónicas como diabetes, hipertensión, pulmonares, hepáticas, metabólicas, obesidad mórbida, insuficiencia renal, lupus, cáncer, enfermedades cardiacas, entre otras asociadas a un incremento en el riesgo de complicaciones.
Así como mayores de 60 años de edad, mujeres en periodo de lactancia y mujeres embarazadas. En tanto, las secretarías, dependencias y entidades que administren espacios públicos determinarán las medidas necesarias para la restricción de acceso a los mismos.
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